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Un juzgado declara nula por abusiva una cláusula sobre desbloqueo del móvil

El fallo condena a la empresa de telefonía a devolver las cantidades cobradas.

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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña ha declarado nula por abusiva una cláusula de Vodafone relativa al desbloqueo de terminales, tras admitir la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal, Adicae y diferentes particulares contra la empresa de telefonía móvil por las cantidades cobradas.

En su fallo, según ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el juez considera nula la condición general concretada en el punto 8 de los contratos, en el que prevé el cobro de una cantidad al cliente por liberalizar los terminales móviles.

'En definitiva, una vez finalizado el periodo de permanencia, o con anterioridad, si se ha abonado la cláusula penal o se están cumpliendo las obligaciones derivadas del contrato, el cliente debe tener la posibilidad de utilizar libremente el terminal', indica.

La sentencia explica también que el fallo ha de aplicarse a todos los clientes que hayan celebrado o vayan a celebrar contratos en los que la demandada preste servicios de telefonía móvil, aunque no hayan sido parte en el proceso. Además, se condena a Vodafone a devolver las cantidades cobradas, incluidos los impuestos.

Vodafone impuso una limitación técnica a los teléfonos móviles facilitados a sus clientes

POSIBLE MULTA

El juez acuerda asimismo que se impondrá una multa coercitiva a Vodafone de 5.000 euros por cada día que transcurra, a partir de los dos meses siguientes a la fecha de la firmeza de la sentencia, en caso de que la empresa no haya cesado en el uso de las condiciones generales declaradas nulas.

A la demanda colectiva del Ministerio fiscal, 'ejercitando acciones de cesación, devolución de cantidades cobradas por la demandada e indemnización por daños y perjuicios' pudieron sumarse tanto asociaciones como particulares de todo el territorio nacional.

CLIENTES DE AIRTEL

La Fiscalía sostuvo, en su demanda, que Vodafone impuso una limitación técnica a los teléfonos móviles facilitados a sus clientes 'que impide utilizarlos con otras compañías operadoras y restringe la posibilidad de destinarlos a otros fines'.

También recordaba que la empresa 'absorbió a la empresa de telefonía Airtel' y que, en consecuencia, se subrogó en la posición que ostentaba esta con respecto a sus clientes 'y también cobró indebidamente cantidades por liberalizar teléfonos móviles que procedían de contratos suscritos por clientes de Airtel'.

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