Laboral  - 

Socios que no trabajan en la empresa familiar

Si tienes una empresa familiar en la que trabaja alguno de tus hijos y los otros socios tienen intereses profesionales diferentes y sólo constan como socios. Vea qué cautelas debes tomar para que esta situación no comporte conflictos en el futuro...

Redactado por
(0) Escribir comentario

En estos casos lo habitual es firmar un protocolo familiar y reconocer en él algunos derechos a favor de los socios que no trabajan en el negocio. Vea dos situaciones que suelen ser problemáticas y cómo evitarlas.

Retribución

Dividendos. La participación de los socios no trabajadores en los beneficios del negocio suele ser la primera fuente de conflictos. Aunque dichos conflictos pueden evitarse repartiendo cada año una parte de los beneficios, este reparto también puede generar polémica:

  • Quizá los socios que trabajan en la empresa no estén interesados en el reparto (bien porque la empresa necesita fondos para financiarse, bien porque ellos ya cobran un buen sueldo y no necesitan rentas adicionales).
  • Los socios que no trabajan en la empresa, en cambio, quieren asegurarse de que el reparto se realizará cada año incluso en contra de la voluntad de la mayoría.

Conjugados. Una forma de conjugar estos intereses contrapuestos es la de convertir las acciones o participaciones de los socios que no trabajan en la empresa en acciones o participaciones privilegiadas. En este caso el privilegio consistirá en asegurarles un dividendo mínimo anual (por ejemplo, el que obtendrían si se repartiese el 10% de los beneficios operativos del ejercicio):

  • Dicho dividendo mínimo no implica necesariamente que estos socios vayan a cobrar más que los demás. Puede fijarse que sea un dividendo a cuenta del que pueda acordarse en el futuro, o incluso a cuenta de su cuota de liquidación.
  • De esta forma, cuando se repartan dividendos para todos los socios, los minoritarios ya habrán cobrado una parte, y sólo percibirán la diferencia. Es decir, estarán cobrando en proporción a su participación; ni más ni menos.
socios no trabajadores
Asigne a los socios no trabajadores un dividendo mínimo

Información

Derechos. Otro conflicto habitual se produce porque los socios no trabajadores se sienten “excluidos” de la marcha de la empresa y de la toma de decisiones. Para evitarlo, el protocolo familiar puede regular las siguientes cuestiones:

  • Que tendrán un derecho de información más amplio que el que les reconoce la ley. En este sentido, puede pactarse que recibirán información trimestral en lugar de anual (recibiendo cada tres meses el balance y la cuenta de resultados), y que se les informará de cualquier operación que haga la empresa con otros socios o con sus directivos.
  • Asimismo, es aconsejable que la sociedad celebre varias juntas de socios al año, y no sólo la junta ordinaria anual para aprobar las cuentas. De esta manera los socios podrán expresar sus opiniones y estarán informados de la evolución de la empresa y de los proyectos que se vayan a iniciar.

Establezcan en el protocolo los requisitos que deberán cumplir los familiares que quieran acceder a un puesto de trabajo en la empresa (formación y experiencia mínima, retribución que percibirán...). Así limitarán el número de trabajadores familiares y a la vez fijarán un procedimiento objetivo para que los socios familiares que ahora no trabajan en la empresa puedan llegar a hacerlo en el futuro.

Asigne a los socios no trabajadores un dividendo mínimo, a cuenta del definitivo. Aumente el derecho de información que les reconoce la ley y establezca las condiciones objetivas necesarias para acceder a un trabajo en la empresa.

COMENTAR ESTA NOTICIA

Desde Espacio Pymes no disponemos de un servicio gratuito de asesoramiento, por lo que tu comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesitas una respuesta profesional, te recomendamos realices tu pregunta desde el siguiente [enlace] desde donde podrás establecer un contacto privado con un abogado.

Muchas gracias.

Enviar comentario