Fiscal  - 

SII: plazos para la remisión de los registros de facturas

A partir del próximo mes de julio, todas las empresas que presentan sus declaraciones de IVA con periodicidad mensual estarán obligadas a aplicar el nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) y presentar sus libros registro por vía electrónica.

Redactado por
(0) Escribir comentario

A estos efectos, deberán cumplirlos siguientes plazos:

  • Los datos sobre facturas emitidas deberán ser suministrados en los cuatro días siguientes a su expedición (transitoriamente el plazo es de ocho días en 2017), y siempre antes del día 16 del mes siguiente al que se haya realizado la venta.
  • Los datos sobre facturas recibidas deberán comunicarse en los cuatro días siguientes a su contabilización (ocho días en 2017), y siempre antes del día 16 del mes siguiente al del período de liquidación del IVA en el que se hayan incluido.

Tanto en las facturas emitidas como en las recibidas, al computar los días, no se cuentan ni sábados, ni domingos, ni festivos nacionales.

Pulseaquípara acceder a una herramienta publicada en la web de la AEAT para calcular sin errores los plazos para la remisión de los registros de facturas.

Los comentarios están cerrados