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Las principales dudas del permiso de paternidad

La baja por paternidad ha tenido diferentes modificaciones en los últimos tiempos y en este artículo queremos resolver las principales cuestiones.

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La última reforma llevada a cabo que se aplica desde el cinco de julio del 2018 ha conllevado un cambio en su aplicación y ahora la duración es de 5 semanas ininterrumpidas, ampliables en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples en 2 días más por cada hijo a partir del segundo.

Es un derecho del trabajador el día del nacimiento del hijo y el posterior con derecho a una retribución del 100 % del salario.
En el caso de que el periodo de vacaciones establecido por su empresa coincida en el tiempo con el permiso de paternidad, el trabajador tendrá la posibilidad de disfrute de las vacaciones a la fecha de finalización del permiso aunque hubiera terminado el año natural a que correspondan las vacaciones.

La empresa, mediante negociación colectiva puede mejorar la duración legal del permiso de paternidad, pero en este caso no se generará, el derecho al subsidio de paternidad sobre esos días adicionales. El coste debe ser a cargo exclusivo del empresario a través de la correspondiente retribución.

Condiciones para solicitar el permiso

Para poder solicitar la prestación económica por paternidad, es necesario acumular un período mínimo de cotización de 180 días, dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la suspensión, o, bien 360 días a lo largo de su vida laboral con anterioridad a mencionada fecha.

Se percibirá el 100 % de la base reguladora establecida para las prestaciones de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, tomando como referencia la fecha de inicio del periodo de descanso. Además como ha establecido recientemente el Tribunal Supremo, esta retribución estará exenta de retención de IRPF.

Permiso de Paternidad
Novedades en el permiso de paternidad
Los trabajadores pueden hacer uso de este derecho durante el período comprendido desde la finalización del permiso por nacimiento de hijo

Espacio temporal para disfrutar del permiso

Los trabajadores pueden hacer uso de este derecho durante el período comprendido desde la finalización del permiso por nacimiento de hijo, o desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción, hasta que finalice la suspensión del contrato por maternidad o inmediatamente después de la finalización de dicha suspensión, y siempre que, en todos los casos, se produzca el efectivo disfrute del periodo de descanso.

En el caso de que en el convenio colectivo aplicable a la madre se establezca una mejora del descanso por maternidad, por ejemplo ampliándolo a 20 semanas, el padre podrá disfrutar el descanso por paternidad a contar desde la finalización de ese periodo de descanso mejorado.

Documentación a presentar

Se deben presentar los siguientes documentos:
• Documento Nacional de Identidad (DNI)
• Libro de familia
• Nómina correspondiente al mes anterior al nacimiento
• En su caso, resolución administrativa o judicial de adopción/acogimiento/tutela
• Modelo de la solicitud debidamente complementado.
• Certificado de la empresa con las bases de cotización
• Domiciliación bancaria donde recibir el cobro, este se producirá tras la segunda semana del mes siguiente a la generación del derecho.

Por otro lado, se está anunciando para el año próximo la posibilidad de equiparar el permiso de paternidad con el de maternidad, una vez que el Congreso acaba de aprobar una proposición no de ley para igualar ambos permisos.

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