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Gastos deducibles por el autónomo 2018

Conocer los gastos deducibles es algo imprescindible para cualquier autónomo, dada la gran cantidad de impuestos que han de pagar y los beneficios limitados que obtienen.

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En general, se consideran deducibles los gastos previstos en la normativa contable, y para que un gasto sea fiscalmente deducible es necesario, además, que se haya devengado, esté contabilizado y se disponga de justificación adecuada, se considera suficiente una factura completa.

Hacienda establece la siguiente relación de gastos deducibles:

-Consumos de explotación
-Sueldos y salarios
-Seguridad Social a cargo de la empresa (incluidas las cotizaciones del titular)
-Otros gastos del personal
-Arrendamientos y cánones
-Reparaciones y conservación
-Servicios de profesionales independientes
-Otros servicios exteriores
-Tributos fiscalmente deducibles
-Gastos financieros
-Amortizaciones
-Provisiones
-Amortizaciones y provisiones en estimación directa simplificada
-Incentivos al mecenazgo: convenios de colaboración en actividades de interés general
-Incentivos al mecenazgo: gastos en actividades de interés general
-Otros conceptos fiscalmente deducibles. Pérdidas por deterioro del valor de los elementos patrimoniales.Importes deducibles.
-Otros conceptos fiscalmente deducibles.
-Gastos no deducibles
-Seguros de enfermedad
-Pérdidas por insolvencias de deudores

Tratamiento del IVA

Entre los gastos no debe incluirse, como regla general, el importe del IVA soportado en las adquisiciones de bienes o servicios, salvo en los siguientes supuestos:

-Que la actividad desarrollada se encuentre en el régimen especial del recargo de equivalencia o en el de agricultura, ganadería y pesca.

-Que las adquisiciones de bienes, a su vez se transmitan con aplicación del régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.

-Que en las adquisiciones de bienes o servicios las cuotas soportadas no resulten deducibles de las devengadas con arreglo a la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Gastos deducibles para autónomos en 2018

Si los gastos no están relacionados con la actividad de la empresa. Si no están justificados con facturas o recibos, y si dichos desembolsos no están registrados convenientemente por el autónomo en sus libros de gastos e inversiones, el gasto, sea cual sea, no podrá deducirse.

En este 2018 la lista anterior se ha ampliado en los siguientes conceptos:

 

Suministros domésticos

Las nuevas formas de trabajo han dado lugar a que muchosfreelancersy otros profesionales que puedan trabajar desde casa se hayan dado de alta como autónomos en los últimos años.

Por ello, en 2018 será posible deducir en la declaración aquellos gastos de los suministros del hogar derivados de la actividad profesional. No obstante, para esto, ha de llevar a cabo una serie de acciones.

- Notificar en Hacienda que trabaja en el domicilio mediante los modelos 036 y 037.

- Instalar contadores separados para poder separar el gasto de suministro del hogar del relativo a la actividad profesional.

Solo entonces será posible deducir hasta el 30 % de las facturas en luz, agua y gas.

Gastos deducibles por el autónomo
Gastos deducibles por el autónomo
Este año entra en vigor la posibilidad de deducir los gastos de las dietas y suministros domésticos

Dietas de manutención

También, durante este año, entra en vigor la posibilidad de deducir los gastos de las dietas. No obstante, habrá de cumplir los siguientes requisitos:

- Que el gasto se deba a la actividad económica de su empresa. Es decir, que se haya dado el desplazamiento por una necesidad empresarial.
- Que el lugar en el que almuerce o cene permita pagar de forma electrónica, para que haya un registro de lo que se ha gastado.
- Que el lugar donde almuerce no esté en el municipio donde se desarrolla la actividad empresarial.

Si cumple estos requisitos dentro del territorio español, el autónomo podrá deducir 27, 27 euros diarios, si no pernocta; y 53, 34, si pernocta fuera de su localidad. En caso de encontrarse en el extranjero, si no pernocta, la cuantía deducible es de 48 euros; y, si pasa la noche en el extranjero, la deducción asciende a 91, 35 euros diarios.

Conociendo los nuevos gastos deducibles,  le permitirá reducir el pago de su IRPF.

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JAM
Juan Antonio Marin

Redactada muy bien. Hace muy fácil la comprensión de la información.