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¿Cómo contratar con la administración pública?

La Ley 9/2017 de contratos del sector público era una obligación que tenía que asumir la Administración española para adaptarse a la legislación de la Unión Europea en las directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE. En el artículo se indican las condiciones necesarias para contratar con las administraciones.

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Requisitos para ser adjudicataria

Las empresas sólo pueden ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de sus fines, objeto o ámbito de actividad, de acuerdo con sus estatutos.

Por tanto, en el caso de sociedades hay que verificar que, dentro de las actividades incluidas en su objeto social, está aquella a la que se refiere el contrato en cuestión.

En el caso de uniones temporales de empresas (UTE) pueden contratar con las administraciones, sin que necesiten formalizar su constitución en una escritura pública hasta que no se haya adjudicado el contrato a su favor, este cambio les permite evitar un gasto burocrático.

Los requisitos mínimos de solvencia económica, financiera y profesional o técnica que deba reunir el contratista y la documentación requerida para acreditar los mismos se deben indicar en el anuncio de licitación y especificarse en el pliego del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo. Este requisito de solvencia puede ser sustituido por el de la clasificación.
Si la Administración contrata con alguien que carece de capacidad o solvencia, el contrato se considerará nulo.

 

Novedades en las condiciones de contratación

 

1. Ámbito de entidades afectadas

Tradicionalmente, la ley de contratos del sector público estaba concebida para empresas privadas. Ahora, también tendrán que cumplir con las condiciones las organizaciones empresariales, sindicatos, partidos políticos y todas las fundaciones sin ánimo de lucro que estén participadas mayoritariamente por una administración pública.

2. Cambio en los criterios de adjudicación

Tradicionalmente, se ha priorizado el precio como principal criterio de adjudicación. Con la nueva legislación se introduce la variable de la calidad, así como otros parámetros de índole social o medioambiental. Aunque la determinación de los mismos está por ver, sí se puede concluir que la Responsabilidad Social Corporativa es un elemento fundamental que no se debería desdeñar.

3. División del contrato en lotes

La división del contrato en lotes es una novedad interesante para las pymes porque permite afrontar obras individualizadas que, de otra manera, no se podrían asumir por el tamaño. Por ello, se aumentan las concesiones a pequeñas empresas.

4. Duración de los contratos menores

El plazo de vigencia de un contrato menor se reduce hasta el punto de que, en los de servicios, tan solo durará 1 año, así como la cuantía, que será de un máximo de 15.000 euros. Los contratos de obra también ven reducido el máximo a 40.000 euros anuales. Este es uno de los aspectos más importantes de la nueva legislación.

5. Contratación online

La nueva legislación de contratos públicos obliga a las empresas a contratar con la Administración a través de un sistema interno online . Esto es especialmente importante porque hay algunas compañías, en especial pymes, que desconocen esta obligación legal.

contratos sector público

Procedimientos de adjudicación

La adjudicación de los contratos administrativos puede realizarse mediante diferentes procedimientos:
a) Procedimiento abierto . Cualquier empresa que lo desee pueden presentar su proposición.
b) Procedimiento restringido . Sólo pueden presentar proposiciones las empresas que lo soliciten y que sean seleccionadas expresamente por la Administración, en atención a su solvencia.
c) Procedimiento negociado . Se trata de un procedimiento excepcional mediante el cual la Administración adjudica el contrato a un empresario que haya sido elegido después de efectuar consultas con diversos candidatos.
d) Diálogo competitivo . Este procedimiento se realiza cuando se pueden dar una o varias soluciones posibles, y que sirven de base para que los candidatos elegidos presenten una oferta.
e) Procedimiento de asociación para la innovación . Es aquel cuya finalidad es el desarrollo de productos, servicios innovadores con altos niveles de rendimiento y que deben ceñirse a los costes máximos acordados entre los órganos de contratación y los participantes.
f) Concurso de proyectos . Son procedimientos encaminados a la obtención de planos o proyectos, principalmente en los campos de la arquitectura, el urbanismo, la ingeniería y el procesamiento de datos, a través de una selección que se encomienda a un jurado.
g) Adjudicación directa . Los contratos menores pueden adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación.

Te recomendamos ampliar esta información con la siguiente Guía Práctica

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