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¿Cómo se realiza un acto de conciliación entre empresario y trabajador?

Entre el trabajador y el empresario puede haber desacuerdos en relación con el despido o por reclamación del salario. Sin embargo, antes de llegar al proceso judicial, es obligatorio que se ejecute un acto de conciliación entre ambas partes. En este artículo se explicará todo lo que se debe conocer al respecto.

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Aquí puedes descargarte un modelo de Papeleta de Conciliación

¿Qué es el acto de conciliación entre dos partes?

Se trata de un procedimiento prejudicial, obligatorio para poder llevar las reclamaciones más habituales a los tribunales en temas como los mencionados, acerca del despido o el salario. Si son asuntos de otra índole, tales como las vacaciones, los horarios, la movilidad geográfica o los derechos fundamentales, entre otros, no es necesario el acto para poder llevarlo a juicio.

Las distintas comunidades autónomas cuentan con un organismo directamente dependiente de la consejería del trabajo, que es el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). En él, los empleados tienen que solicitar el acto de conciliación dentro de unos plazos establecidos.

¿Cómo se lleva a cabo?

La conciliación se inicia mediante la presentación de la solicitud también llamada papeleta de conciliación en la que han de reflejarse los siguientes extremos:

- datos personales de quien la inste, de los demás interesados y sus domicilios respectivos;

- datos profesionales, es decir lugar y clase de trabajo, categoría profesional u oficio, antigüedad, salario y demás remuneraciones;

- en caso de despido, fecha de éste y motivos alegados por la empresa;

- en los otros casos, enumeración clara y concreta de los hechos sobre los que verse su pretensión y cuantía económica si fuera ésta su naturaleza;

Tras presentar la solicitud, el SMAC citará a ambas partes para que se reúnan concretando la fecha y el lugar. En dicha citación estarán presentes el letrado conciliador o un funcionario del organismo, un representante de la empresa y el trabajador o el representante del mismo. Aunque no es obligatorio que lo sean, se recomienda que los representantes sean abogados, para una mejor defensa de sus derechos.

Acto de conciliación

Presentación de la papeleta por vía electrónica

La presentación de documentos por vía electrónica puede hacerse en el Registro Electrónico Común cuando el destinatario sea la Administración General del Estado y los Organismos Públicos adscritos o dependientes de la misma.

Además cuando se trate de escritos, solicitudes o documentos incluidos en el ámbito del Registro Electrónico de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, se pueden presentar a través del mismo.

Respecto a los órganos de conciliación integrados en las Administraciones de las Comunidades Autónomas debe acudirse a su propia normativa reguladora de sus registros electrónicos. La posibilidad de presentar los escritos a las Comunidades Autónomas a través del Registro Electrónico Común depende de la celebración de un convenio con la Administración General del Estado.

Posibles resoluciones de un acto de conciliación

Se pueden dar varias alternativas acerca de cómo puede resolverse el acto:

- En el caso de que sea el trabajador el que no se presente : si aún se está en el plazo de reclamar, puede hacerlo empezando de nuevo todo el procedimiento. En aquellos supuestos en los que definitivamente el solicitante no asiste sin alegar una causa que justifique su ausencia, se archiva todo lo actuado y se tiene por no presentada la papeleta, y en ningún caso el plazo de caducidad se considera suspendido.

- En el caso de que sea la empresa la que no se presente : se declara intentado y sin efecto. En la documentación se especificará la falta y se concretará si los datos estaban bien indicados.

- Sin avenencia : cuando entre la empresa y el trabajador no se llega a ningún acuerdo. El empleado tendrá derecho a presentar el caso en el Juzgado de lo Social.

- Con avenencia : cuando se llega a un acuerdo entre ambas partes. Si se alcanza un acuerdo, se debe de cumplir como si fuese una sentencia.

Esta es la información que se debe conocer sobre el acto de conciliación . En todo caso, si se tiene alguna duda o se necesita asesoramiento, es necesario ponerse en contacto con profesionales .

Garantías Básicas

Al acto de conciliación le son de aplicación las garantías básicas propias del derecho a la defensa, dado el carácter de obligatoriedad que tiene la misma como acto previo al proceso. Por lo tanto, debe quedar constancia de que se ha recibido por el interesado, y se produce la nulidad de actuaciones por indefensión, por ejemplo si hubiera incomparecencia ésta se recogerá en la sentencia posterior como causa del fallo.

Aunque se trate de un acto preparatorio y previo, de carácter obligatorio, que se desarrolla ante un órgano distinto del propiamente jurisdiccional, esto no obsta para conceptuarlo como una de las garantías cuyo quebrantamiento justifica el amparo, por vulneración del derecho a la defensa (TCo 1/1983).

 

Aquí puedes descargarte un modelo de Papeleta de Conciliación

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