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Sistema de Información Inmediato de IVA

Suministro Inmediato Información del IVA como nueva medida que se ha aprobado y entrará en vigor el 1 de julio para informar sobre el IVA de forma mensual

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El pasado6 de diciembre de 2016se publicaba el Real Decreto 596/2016de 2 dediciembre para mejorar e impulsar el uso de medios electrónicos en la gestióndel IVA. Se modificaban los reglamentos, la facturación y aplicación detributos. A partir del 1 de julio del 2107, la sede electrónica de la AgenciaTributaria pone en marchael Sistema de Suministro Inmediato deInformación del IVA o SII .

Este cambio en la gestión tributaria afecta de forma directa a más de 60.000empresas en España, lo que supone el 80% de la facturación por IVA en el paíse, indirectamente, a todo el tejido empresarial. Con el nuevo sistema seestablece la obligatoriedad de entregar de forma masiva y automática, lasfacturas emitidas y recibidas en el mes.

Aspectosclaves

1. La entrada en vigor del sistema permite conocer la información del IVA mensualmente.En el SIIserán incluidos loscontribuyentes que aparecenen elRegistro de Devolución Mensual del IVA, empresas que cuenten con más de 6millones de euros de facturación anual y los grupos de IVA.

2. A partir de la entrada en vigor el 1 de julio del 2017, se establece unplazo general de cuatro días para efectuar la remisión electrónica de lainformación desde que se expide la factura o se produce el registro contable.

3. No tienen obligación de presentación los modelos 340 (información sobre librosde registro), el 347 (operaciones con terceros) y el 390 (resumen anual delIVA).

Por otro lado quedancuestiones sin resolver ya quecon motivo de la entrada en vigor delSII, se supone que hay que seguir suministrandoinformación sobre los libros registrosde facturas, según la redacción actualmenteen vigor del reglamento del IVA, sin que sefacilite información ampliada que se exige a los sujetos pasivos obligados alnuevo reglamento.

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