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Pasos para cobrar el paro de un autónomo

El paro del trabajador autónomo es una prestación que se creó hace pocos años, a pesar de haber sido una reivindicación histórica de los trabajadores por cuenta propia. Las modificaciones introducidas en los años 2015 y 2016 han facilitado el acceso de los autónomos al cobro de su prestación por desempleo.

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¿Qué se necesita para cobrar el paro del autónomo?

Para poder cobrar la prestación por cese de actividad si se es trabajador autónomo, el interesado ha de cumplir los siguientes requisitos:

1. Estar afiliado al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos y en situación de alta.

2. Haber cotizado, al menos, doce meses de manera continuada antes de pedir la prestación.

3. Acreditar la situación legal de cese de actividad y la disposición para reincorporarse al mercado laboral.

Este punto es uno de los que más controversia ha creado. Se puede acreditar el cese de actividad por motivos técnicos, productivos, organizativos o económicos. En este punto se incluye el obtener pérdidas de, al menos, el 10 %. Anteriormente habían de ser del 30 %, lo que dificultaba el acceso a la prestación.

Otra motivo es cuando el trabajador autónomo se ve obligado a destinar el 40 % de sus ingresos por la actividad que desarrolla a ejecuciones judiciales por deudas reconocidas. En caso de que exista una declaración judicial de concurso de acreedores, el trabajador por cuenta propia también puede pedir la prestación.

Si se acreditan causas de fuerza mayor o si se pierde la licencia administrativa, también se puede pedir el paro del trabajador autónomo. Las víctimas de violencia de género que se vean obligadas a cesar o suspender su actividad también pueden pedir la ayuda al desempleo, al igual que aquellos que se divorcian o se separan y dejan de ejercer la actividad como consecuencia de la separación.

Los trabajadores por cuenta propia que se consideren económicamente dependientes, pueden solicitar esta prestación siempre que haya finalizado el contrato o la obra, el cliente no pague, muera o tenga un accidente grave, o bien porque se rescinde el contrato.

4. No estar en edad de jubilarse.

5. Estar al corriente de pago en las cuotas de la Seguridad Social. En caso de no estarlo, se dispone de treinta días para hacer el ingreso correspondiente si se cumplen el resto de requisitos.

6. No haber cometido una infracción legal que sea causa de inhabilitación.

7. Haber incluido el cese de actividad en el pago de la cuota de autónomo.

En el caso de que el cese sea voluntario, no se podrá acceder a esta prestación. Lo mismo pasa si se es un autónomo dependiente que vuelva a trabajar con su cliente principal en el plazo de un año tras haber cobrado la prestación. Es más, en este caso se vería obligado a devolver el paro del autónomo .

Autónomo Paro
Trabajadora autónoma

¿Cómo puede el autónomo hacer la solicitud?

La prestación de desempleo se solicita en la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales . Los autónomos que no tengan mutua, pueden hacer la gestión a través del Servicio Público de Empleo Estatal.

En ambos casos, el trabajador por cuenta propia ha de presentar la Solicitud del Cese de Actividad que expide la Seguridad Social. Si no lo tiene, dispone de un mes para adjuntar la documentación desde el momento en que presenta su petición.

El plazo para hacer la solicitud es hasta el último día del mes siguiente al que se presentó el cese de actividad. Si existen causas de fuerza mayor, violencia de género, incapacidad o motivos acreditados, el plazo computa desde la fecha que aparezca en los documentos que acrediten estas circunstancias.

Existe la posibilidad de presentar la solicitud fuera de plazo, pero se descontarán los días que hayan pasado entre la fecha en la que se presentó y la que debería haberse presentado.

Por otra parte, conviene destacar que a partir del mes siguiente al cese de la actividad, será la mutua quien se haga cargo de la cuota del autónomo.

Se puede volver a solicitar la prestación por desempleo en el caso de los trabajadores autónomos, siempre que hayan vuelto a cotizar dieciocho meses desde que se agotó el paro anterior y, evidentemente, cumplan con los requisitos establecidos por la actual legislación.

¿Durante cuánto tiempo y a cuánto asciende el paro del trabajador autónomo?

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