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Momento del nacimiento de la obligación de pago en documento de reconocimiento de deudas

Una sociedad redacta un documento de reconocimiento de deuda en concepto de honorarios profesionales por la elaboración de una serie de documentos contractuales con los que se culmina las negociaciones entre dos sociedades. Se acordó que se pagara una cantidad a la firma del contrato y otra que sería satisfecha durante los 15 días siguientes al ejercicio de una opción de compra por parte de las mercantiles. El contrato no contempla cuándo nacería la obligación de pago de la deuda si las empresas no ejercitaban la opción de compra. Finalmente las sociedades no ejercitan la opción de compra. ¿Podría interpretarse que el plazo para reclamar la deuda, si no se ha ejercitado la opción de compra, es a partir de los 15 días del vencimiento de la opción?

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