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Cesión de uso de patente a una sociedad limitada

Si eres el titular de una patente o de una marca y vas a constituir una sociedad con otros socios, considera la opción de mantenerla a tu nombre y ceder su uso a la sociedad. Así estarás protegido si las cosas en la sociedad no van según lo esperado.

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Hace un tiempo usted tuvo una idea de negocio y registró una patente o una marca a su nombre. Ahora ha decidido llevar a cabo el proyecto constituyendo una sociedad con otros socios. Pues bien:

Ante esta situación, algunos empresarios optan, de buena fe, por transmitir su patente o su marca a la sociedad (o por registrarla a nombre de ésta si aún no estaba registrada).

No obstante, estos activos pueden llegar a tener un gran valor en el futuro, por lo que le interesa conservar su propiedad y ceder únicamente su uso. De esta forma quedarán a salvo de posibles embargos si la sociedad no va bien, o podrá seguir utilizándolos por su cuenta si se discute con sus socios.

Aquí puede descargar un

Modelo de contrato de licencia de marca

Licencia. Para lograr este objetivo, conceda a la sociedad una licencia de uso. Con dicha licencia la sociedad podrá utilizar la marca para comercializar los productos o servicios para los que ésta haya sido registrada. Vea los aspectos más relevantes que debe tener en cuenta a la hora de firmar el contrato de cesión.

mantener una patente

Licencia de uso

Duración. Regule la duración de la licencia, es decir, el plazo durante el cual usted autoriza a la sociedad a utilizar su marca. Como regla general, le interesa pactar un plazo no excesivamente largo (por ejemplo, cinco años), que le permita comprobar cómo evolucionan la sociedad y su relación con los restantes socios.

Precio. Respecto a la remuneración anual a su favor, puede pactar una cantidad fija o una variable (por ejemplo, un porcentaje de las ventas de los productos objeto de la marca). En este sentido:

  • Si la marca es desconocida, pacte un precio fijo simbólico mientras no se alcance un determinado volumen de ventas, y un porcentaje sobre éstas a partir de ese momento.
  • Para determinar ese porcentaje, oriéntese por el canon periódico que puedan estar pagando los franquiciados de negocios similares al suyo, y ajústelo a la baja teniendo en cuenta el coste de los servicios que suelen incluirse en el contrato de franquicia y que no se incluirán en la cesión de uso de la marca (asistencia técnica, formación, etc.).

Exclusividad. Indiquen en el contrato si la licencia va a ser exclusiva (en cuyo caso la marca sólo podrá ser utilizada por la sociedad) o no, así como para qué productos se concede (normalmente serán todos los productos o servicios para los cuales se haya registrado la marca). Indiquen también el territorio para el que se concede la licencia.

Registro. Tras firmar el contrato, inscriban la licencia en el Registro de Marcas de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Usted mismo puede hacer este trámite de forma telemática en la página web de dicho organismo (http://www.oepm.es, apartado “Sede Electrónica”, “Trámites para signos distintivos”). En ese mismo apartado de la página web encontrará el formulario para realizar el trámite (para el cual deberá abonar una tasa de 33, 75 euros).

Mantenga la marca o la patente a su nombre, ya que puede llegar a tener un gran valor en el futuro. Además, en caso de discrepancias con los socios, podrá seguir utilizándola por su cuenta.

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Modelo de contrato de licencia de marca

 

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