Laboral  - 

Cálculo de indemnización por despido

En una situación de despido, el empresario está obligado a notificárselo al trabajador por escrito y en esta notificación o carta, deben figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos.

Redactado por
(0) Escribir comentario

De este modo se garantiza la defensa efectiva de los trabajadores frente a las imputaciones que se incluyan en la carta de despido. Además en el convenio colectivo es posible establecer otras exigencia formales.

Cuando la empresa tiene que determinar la indemnización por despido improcedente, ha de tomar en consideración dos variables: salario y antigüedad del trabajador . Siga leyendo.

El salario diario regulador

Se computarán todos los conceptos de naturaleza salarial y excluiremos las cantidades extrasalariales, es decir, aquellas que compensan los gastos que asume el trabajador (por ejemplo, plus de vestuario, dietas o kilometraje ).

Para conocer el salario por día, por regla general, se dividirá la última nómina, con el prorrateo de las pagas extra, entre 30. En el caso de que el salario sea variable, se tomará como referencia el salario anual entre 365 (o 366, en el caso de año bisiesto).

La antigüedad en la empresa

El artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores establece que se prorratearán “por meses los periodos de tiempo inferiores a un año”. En un período de trabajo de 7 meses y 1 día, a efectos del cálculo, la antigüedad será 8 meses.

El cálculo de la indemnización por despido variará en función de la fecha de inicio del contrato:

- Si el contrato es anterior al 12/02/2012, hasta esa fecha, la indemnización se calcula a razón de 45 días/año, con un tope de 42 mensualidades.

- Si es posterior a esa fecha, se tratará de 33 días/año, con un tope de 24 mensualidades.

Pongamos un ejemplo

Juan, con un salario de 1.300 € brutos/mes, pagas incluidas, antigüedad de 1/04/2010 y fecha de baja en 25/10/2017.

Salario/día : 1.300/30=43, 33 €

Antigüedad :

Antes de 12/02/2012: 1 año, 10 meses y 11 días=23 meses

Después de 12/02/2012: 5 años, 8 meses y 14 días=69 meses

Revisamos que no se incumplen los topes.

Importe de la indemnización (mediante una regla de tres)

Antes de 12/02/2012: si 12 meses son 45 días, 23 son 86, 25 días x 43, 33 €=3.737, 21 €

A partir de 12/02/2012: si 12 meses son 33 días, 69 son 189, 75 días x 43, 33 €=

8.221, 87 €

La indemnización será de 11.959, 08 €

Cálculo indemnización por despido

Pago de la indemnización

Si la empresa reconoce el despido como improcedente en el momento del despido, y el trabajador está conforme con la indemnización calculada por la empresa, en ese momento puede ya pagarse la misma o en otro posterior decidido por las partes. Si estando de acuerdo en cuanto a la consideración del despido como improcedente y en cuanto al importe de la indemnización, pero aún así la empresa llegado el caso no paga al trabajador, este deberá acudir al juzgado de lo social a través de proceso ordinario para reclamar su importe.

El pago puede ser en metálico, o por cheque o cualquier otro modo de pago admitido.

Otra situación que puede darse es que el empresario entregue al trabajador una cantidad inferior, éste podrá reclamar la diferencia en un procedimiento ordinario .

Puedes ampliar esta información con el Memento Despido

COMENTAR ESTA NOTICIA

Desde Espacio Pymes no disponemos de un servicio gratuito de asesoramiento, por lo que tu comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesitas una respuesta profesional, te recomendamos realices tu pregunta desde el siguiente [enlace] desde donde podrás establecer un contacto privado con un abogado.

Muchas gracias.

Enviar comentario